BUSCAR    
Viernes, 30 De Julio De 2010   Conectado(s): 4  img Mapa del Sitio   img  WebMail  img Login  img Contáctenos   
 

 
 
 
 
Estructura de la Defensa Pública.
Continuación...

El reglamento 2/2007 del Consejo Nacional de Defensa Pública regula todo lo relativo a la Evaluación del Desempeño de todos los miembros de la institución. Dicha evaluación se realiza de manera anual a todos los miembros que tenga por lo menos 6 meses laborando en la Defensa Pública, salvo aquellos que, por razones de licencia, hayan tenido que desapoderarse de sus casos y tengo menos de seis meses de haber reingresado.

La Sub. Dirección Técnica es el departamento encargado de organizar todo lo relativo al proceso de evaluación, desde la elaboración de los instrumentos (que luego deberán ser aprobados por el Consejo Nacional de la Defensa Pública) hasta los programas de reforzamiento de las debilidades arrojadas por la evaluación.

Para aprobar la evaluación del desempeño se necesita una calificación mínima del 80%. Para los Coordinadores, el porcentaje para aprobar se incrementa a un mínimo de 85%, mismo porcentaje que necesitan los defensores para poder ascender de categoría. Toda persona que obtenga una calificación por debajo de los 85 puntos tiene derecho a solicitar una reconsideración de sus resultados, enviando un escrito motivado a la Sub. Dirección Técnica en un plazo de cinco (5) a partir de la notificación de los resultados. Aquellos que no superen los 80 puntos serán sometidos a talleres y programas de reforzamiento en las áreas donde presenten debilidades.

Unidad de Integridad Institucional
La Unidad de Integridad Institucional es un órgano adscrito a la dirección de la institución, cuyas funciones principales son la prevención, difusión y entrenamiento de todos los miembros de nuestra institución en la aplicación del Código de Comportamiento Ético. La misma está conformada por un equipo representativo de todos los que integran la institución, de manera que los miembros se sientan parte de esta estructura institucional.

La misión de la Unidad de Integridad Institucional es velar porque los Principios Éticos y Valores que rigen a los miembros de la Oficina Nacional de Defensa Pública sean conocidos, asumidos y compartidos por cada uno de los que conforman la institución, incentivando así el compromiso, vocación de servicio, mística y transparencia en el ejercicio de sus funciones.

Principios que rigen la Unidad de Integridad Institucional:
- Confidencialidad
- Transparencia
- Igualdad

La UII esta formada por siete (7) miembros: El Sub. Director Técnico, El Sub. Director Administrativo, un representante de los abogados de oficio electo por sus pares, el defensor del año, el representante de los defensores ante el Consejo, el representante de lo coordinadores ante el Consejo y un representante del personal administrativo electo por sus pares. Tanto el Representante de los Abogados de Oficio y del Persona Administrativo serán electos por un periodo de un año.

Es responsabilidad de la UII:

1- Divulgar y promover los principios y deberes establecidos en el Código de Ética.
2- Ejecutar un programa eficaz contra la corrupción de las funciones de los miembros de la ONDP.
3- Seleccionar a los servidores públicos de la ONDP que se hayan destacado en el cumplimiento de lo prescrito en el Código de Ética.
4- Coordinar y fomentar programas de formación con relación a las disposiciones del Código de Comportamiento Ético.

Dentro de las atribuciones de la Unidad de Integridad Institucional, la misma puede ofrecer consultas que le sean sometidas por los miembros de la institución en cuanto a la interpretación del Código de Comportamiento Ético. Además, la UII tendrá competencia para conocer de las controversias o despidos que pudieren surgir entre el personal administrativo y técnico de la ONDP y el superior inmediato; a esto fines, la Unidad podrá tratar de conciliar a las personas envueltas en el conflicto y emitir su opinión en los casos de despido del empleado, la cual será remitida a la Dirección de la ONDP.

Comisión de Cárceles

La función principal de la Comisión de Cárceles será velar por el respeto de los derechos fundamentales de las personas detenidas y las internas en los centros penitenciarios, así como verificar el cumplimiento efectivo de los estándares mínimos de detención y prisión establecidos en la normativa nacional e internacional en las distintas unidades carcelarias del país. La Comisión de Cárceles se encontrará bajo la supervisión de la Sub-Dirección Técnica de la Oficina Nacional de Defensa Pública.

Las principales funciones de la Comisión de Cárceles son las siguientes:

1- Servir de enlace con las demás instituciones ligadas a la problemática carcelaria.
2- Evaluar las condiciones de alojamiento de los establecimientos penitenciarios y otras dependencias donde se encuentren personas recluidas.
3- Promover el cumplimiento de estándares mínimos de detención establecidos nacional e internacionalmente, interponiendo todo recurso o medida necesarias para hacer efectivos los mismos.
4- Brindar a las personas privadas de su libertad un servicio de consulta y comunicación con instituciones y con la Oficina Nacional de Defensa Pública acerca de problemáticas típicas de sus procesos judiciales y condiciones de detención.
5- Apoyar a las diferentes dependencias de la Oficina Nacional de la Defensa Pública en los casos de reclamos individuales que no prosperaron.
6- Representar a la Dirección General de la Oficina Nacional de la Defensa Pública en todo lo relativo a la problemática carcelaria.

Estas funciones no son limitativas, sino que podrá tener a su cargo todas las funciones que la Dirección determine; así como los proyectos especiales que le sean asignados.

Oficina de Control del Servicio
La OCS es una dependencia técnico-administrativa que tiene como misión investigar de manera confiable, oportuna, transparente y objetiva las faltas disciplinarias que pudieran ser calificadas como graves o muy graves, presuntamente cometidas por los defensores, abogados de oficio, coordinadores y abogados adscritos, con el objetivo de velar por el respeto a los principios que deben regir el accionar de los miembros de la ONDP; tomar las medidas correspondientes en casos de incumplimiento y hacer propuestas de mejoras para que el servicio de defensa publica se cumpla con calidad.

Las actuaciones de la Oficina de Control del Servicio se sustentan en cuatro (4) principios éticos fundamentales:

- Confidencialidad
- Objetividad
- Legalidad
- Independencia en la Investigación

El apoderamiento de la Oficina de Control del Servicio para iniciar las investigaciones de presuntas faltas disciplinarias, pude darse por cualquiera de las dos (2) vías siguientes:

1- Puede ser iniciada DE OFICIO, mediante visitas realizadas por los miembros de la OCS o de la Dirección a las oficinas de Defensa Pública, a la cárcel, a los tribunales; por noticias publicadas en medios de comunicación, o cuando por cualquier vía tome conocimiento de los hechos que pudieran constituir falta disciplinaria.

2- Asimismo, pude ser iniciada por queja o denuncia contra un miembro de la Defensa Pública presentada por parte interesada ante Oficina de Control del Servicio. Dicha queja puede ser recibida también por la Dirección, el Coordinador de la oficina o cualquier otro miembro de la institución, QUIENES TIENEN LA RESPONSABILIDAD DE TRAMITARLA A LA OCS.

La Oficina de Control del Servicio no pretende convertirse en un órgano persecutor de los miembros de la Defensa Pública. Su creación no responde a un deseo infundado de perseguir, sino más bien a una necesidad de controlar la calidad del servicio que ofrecemos, velando por el apego de todos nuestros miembros a los principios y valores que nos rigen y buscando que con cada investigación y cada proceso disciplinario, más que castigar, arroje resultados que nos ayuden a crecer y fortalecernos como institución.

Régimen Disciplinario

Con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio de Defensa Pública, así como la idoneidad de los funcionarios encargados de brindarlo, la ley 277-04 establece un régimen disciplinario al que están sometidos el Director Nacional, así como todos los Coordinadores, defensores públicos y abogados de oficio. Solo en los casos en los que existen indicios que justifiquen una determinada denuncia pude remitirse un proceso a un juicio disciplinario, y aun así los defensores y abogados de oficio tienen el derecho de ser escuchados, de aportar pruebas que los eximan de cualquier tipo de responsabilidad, y de contar con la asistencia de un Defensor Público electo por el Consejo Nacional de Defensa Pública para fines disciplinarios.

Sub. Dirección Administrativa

La Sub. Dirección Administrativa es el departamento encargado de coordinar, dirigir y supervisar las actividades administrativas y presupuestarias de la Oficina Nacional de la Defensa Pública para su efectivo funcionamiento. Junto a la Dirección Nacional, debe ejecutar y diseñar las políticas administrativas, las cuales deberán estar orientadas a la maximización y uso efectivo de los recursos existentes.

Dentro de las funciones principales de la Sub. Dirección Administrativa, cabe destacar:


1- Velar por el fiel cumplimiento de los procedimientos y controles administrativos, diseñados por la institución, a través de la supervisión de los siguientes puntos.

      a) Labores extraordinarias
      b) Manejo de Caja chica
      c) Llamadas de larga distancia
      d) Fondo de Viático

2- Custodiar el uso óptimo de los recursos humano, económico, tecnológico y material de la oficina, siendo responsable de proveer los materiales necesarios a todas las oficinas a nivel nacional para la realización efectiva de sus funciones, así como de resolver los problemas de mantenimiento de la infraestructura de las oficinas.

3- Presentar los informes presupuestarios suministrados por los Coordinadores de las oficinas, así como velar por la correcta ejecución presupuestaria de la Dirección.



Dentro de las funciones de la Sub. Dirección Administrativa se encuentran la de supervisar y gestionar la correcta aplicación de las políticas administrativas de la institución, así como tramitar todo lo referente a los beneficios con los que cuentan nuestros empleados.

Ir a la página anterior...