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La Oficina Nacional de Defensa Pública es una institución que brinda servicio de
defensa legal gratuita, por medio de un cuerpo de abogados altamente
calificados, dirigido a las personas privadas de su libertad o vinculadas a un
proceso judicial, que carecen de recursos económicos para pagar un abogad@ o que
por cualquier causa no tengan uno. |
¿Quiénes Somos?
Creación de la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) I-Creación de la
Defensa Pública : En la República Dominicana antes de todas las iniciativas
relativas a la defensa pública, sólo existía el abogado de oficio (102 abogados
de oficios en todo el país), quien era empleado del tribunal, dependiente del
juez y quienes brindaban una labor mediatizada porque ingresaban tarde al
proceso y porque carecían de toda capacitación y supervisión.
Existió una experiencia preliminar en materia de defensa pública cuando en el
1993 se implementó un proyecto piloto financiado por el Instituto
Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y
Tratamiento del Delincuente (ILANUD) con el apoyo de la Suprema Corte de
Justicia y la Universidad Pedro Henríquez Ureña (UNPHU). dad Pedro Henríquez
Ureña (UNPHU).
Dicho proyecto concluyó y fue trasladado al Comisionado de Apoyo a la Reforma y
Modernización de la Justicia. En 1998, al pasar este programa a manos del
Comisionado, continuó hasta que por razones presupuestarias y de voluntad
política trajeron como consecuencia el despido de todo el personal y
desaparición de dicho proyecto.
Por lo que, desde que surgió la entonces Oficina Nacional de Defensa Judicial,
mediante la Resolución No. 512-2002, de fecha 19 de abril del 2002, del pleno de
la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana; la cual estableció no
sólo la creación de dicha oficina, sino también que la única forma de ingreso de
los defensores fuera una concurso de méritos y oposición y la posterior
capacitación.
Luego de la entrada en vigencia de la Ley No. 277-04 que crea el Servicio
Nacional de Defensa Pública, en fecha 12 de agosto del 2004, dicha ley en su
artículo 35 estableció también como una forma de ingreso el someterse a concurso
público de méritos y oposición y posteriormente aprobar el programa de formación
inicial para aspirantes a defensores públicos. Se eligió tener una forma
transparente y única de ingreso a la defensa pública como forma de que los
participantes se ganaran a mérito propio su posición dentro de la defensa y no
fueran fruto de nombramiento por amistad o compromiso de ningún tipo.
Hoy, luego de 4 años de arduo trabajo podemos afirmar que contamos con un
Sistema de Defensoría Pública en el país, al que todos tienen acceso sin
restricción alguna. El servicio que brindamos a través de la Oficina Nacional de
Defensa Pública (ONDP) está destinado a tutelar los derechos fundamentales que
le son inherentes a las personas en conflicto con la ley. Se trata de cumplir
con una obligación del Estado para preservar tanto los derechos humanos como las
garantías procesales.
Por lo que, la negativa a prestarles oportuna asistencia jurídica, resulta
contraria a la Constitución de la República como a los tratados internacionales
de los que es signatario el Estado Dominicano. Organigrama Institucional
¿Quieres ver el documento completo ? Indice General : Creación de la Defensa
Pública-Captación de Defensores-Cubrir las necesidades a corto plazo Cobertura
de las necesidades a largo plazo-Programas de inducción y capacitación de
personal Modelo de Gestión y organizaciónCrecimiento institucional y plan de
expansión-Evaluación de desempeño y sistema de incentivos Creación Unidad de
Control del Servicio Plan de comunicación institucional Censo Carcelario
Estadísticas Institucionales.
Nuestro
Logo.
Cada institución adopta un logo como signo distintivo, de forma que todo el que
lo vea pueda asociarlo directamente con la organización y el servicio que
ofrece. Un logo bien diseñado es la presentación de toda empresa y de sus
servicios, por lo que la ONDP se ha apropiado de una imagen para reflejar lo que
somos como institución.
El círculo azul, apartado de los demás, se identifica como el imputado; el
círculo negro representa la solemnidad de la justicia, que llega al imputado a
través de los brazos verdes, que no son más que la Defensa Pública en su rol de
garante del acceso a la justicia, para darle a la persona en conflicto con la
ley tutela y protección de sus derechos.
Con la finalidad de dar promoción a nuestro logo institucional, y como una
muestra de orgullo por ser parte de la ONDP, a cada Defensor Público se le
entrega, desde el momento de su entrada, un Pin Institucional. El pin es la
representación de los Defensores Públicos frente a la sociedad, y debe ser
portado por estos en el ejercicio de sus funciones. En caso de extraviarse el
pin, los Defensores deben remitir una comunicación a el/la Director (a) de la
ONDP (Dra. Laura Hernández), explicando la pérdida y solicitando la reposición
del botón.
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